El juez y su contexto

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Por Carlos del Frade

(APE).- Carlos María de la Cruz, juez civil y comercial de Eldorado, en la provincia de Misiones, sostuvo que Agustina María Bernasconi, una nena de doce años, murió como consecuencia de la ablación de órganos que él mismo autorizó.

Los padres de la nena "no probaron -en el expediente- que ella estaba en un estado irreversible. ...se tiene en cuenta la relación causal entre el hecho motivo, en este caso un accidente, y el resultado, muerte, no tiene que ser interrumpido por ninguna circunstancia o hecho externo", agregó el doctor de la Cruz. De esa forma, responsabilizó del deceso a los padres de la pequeña por haber autorizado la intervención y no a la conductora de la camioneta que la atropelló, la hija de un importante comerciante de la zona.

En el expediente “hay un certificado de defunción expedido por el Registro de las Personas que dice que la muerte fue por un traumatismo craneoencefálico y el médico Cristóbal Vento, responsable de las ablaciones en el Hospital Samic, elevó un informe al juez donde explica los procedimientos que se siguen para establecer la muerte cerebral y que los órganos sólo se extraen a las personas clínicamente fallecidas”, informó el abogado de los padres de la chica atropellada por una Ford Ranger conducida por una adolescente de dieciséis años.

El director del Centro Unico Coordinador de Ablación e Implantes de Misiones, José Gaspar Argüello, destacó que el fallo "no tiene lógica, es inentendible" porque en el caso de la pequeña "se hizo el diagnóstico de muerte", ya que realizaron "dos encefalogramas y nos dieron plano, esto nos lo pide la ley. Había un ciento por ciento de muerte cerebral y eso significa muerte", apuntó el profesional.

"Después de estar en terapia intensiva un par de días, nos avisaron que le iban a practicar unos estudios. De ahí surgió que no tenía posibilidades de vida y que en pocas horas su corazón dejaría de latir", dijo el papá de la nena.

Para la mamá, Amalia Giménez, lo que hizo el juez "es algo inconcebible. Es un fallo aberrante, incoherente. Ni el juez ni el abogado de la otra parte dimensionan el daño que están provocando, no solamente a nuestra familia sino a toda la gente que en algún momento va a necesitar un órgano, y a todos los padres que donaron órganos. No se puede entender".

Según el Ministro de Salud de la Nación, Ginés González García, la sentencia del juez “erosiona la confianza pública. Es un ignorante supremo o un homicida. No merece ser juez, porque desconoce la ley y su propia autorización para la ablación. Otra posibilidad es que tuviera intereses económicos en el caso", apuntó el funcionario.

Por su parte, la asociación civil misionera Esperanza de Vida adelantó que pedirá un jury de enjuiciamiento porque el fallo "es una aberración jurídica, y en salvaguarda del sistema nacional de donación (de órganos)" se le debe realizar un proceso para destituirlo.

En realidad, el juez de la Cruz no hizo más que aplicar el sentido común que impera en una provincia empobrecida por el feudalismo siempre reciclado en pleno tercer milenio. Porque este fallo forma parte de la misma realidad en la que se reparten prótesis dentaria en fracciones antes y después de las elecciones, se compran voluntades con créditos de mil pesos y se inventan documentos de identidad para votar a favor de aquellos que quieren perdurar en la defensa de sus intereses feudales. En ese contexto de perversión política, cultural y económica, no es casual que un juez haya fallado de la forma que lo hizo el doctor de la Cruz.


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